Nueva ley agrupa el sector transporte y dice adiós a los vehículos viejos
SANTO DOMINGO. La regulación y formas de operación del tránsito de
vehículos y el transporte de pasajeros pasan a una nueva fase normativa
con la conversión en ley del Proyecto de Movilidad, Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial por la Cámara de Diputados.
La norma, que fue conocida en única lectura por los diputados luego
de ser devuelta desde el Senado, crea el Instituto Nacional de Tránsito y
Transporte Terrestre (INTRANT) como organismo rector a nivel nacional,
con carácter financiero autónomo, aunque adscrito al Ministerio de Obras
Públicas.
La nueva entidad suprime la Oficina Técnica del Transporte Terrestre
(OTTT), la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT), el Consejo
para la Administración y Regulación de Taxis (CART), la Caja de
Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público y el
Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet).
Además, crea la la Dirección General de Seguridad de Tránsito y
Transporte Terrestre (DIGESETT), agrupará a la Autoridad Metropolitana
del Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana del Transporte de
Santiago (AMETRASAN), y se encargará de fiscalizar, sancionar las
infracciones y controlar el transporte terrestre de pasajeros y carga y
la seguridad vial, bajo la dependencia de la Policía Nacional.
simismo, la nueva ley, que deberá ser promulgada por el Poder
Ejecutivo, establece límites para el uso de vehículos en el transporte
público, según la antigüedad, de la manera siguiente: vehículos livianos
hasta cuatro pasajeros, quince años; microbuses desde cinco hasta 20
pasajeros, 17 años; minibuses desde 21 hasta 36 pasajeros, 20 años;
autobuses desde 37 pasajeros en adelante, 25 años; vehículos pesados de
carga, 30 años y las motocicletas de un pasajero, diez años.
Estos plazos se contabilizarán a partir del año de fabricación y
aquellos vehículos que excedan los años de vida útil no podrán obtener
la renovación del marbete, ni continuar en operación en el transporte
público de pasajeros o de carga.
El INTRANT deberá encargarse de la inspección de las unidades de
transporte público de pasajeros y determina las piezas y sistemas a
examinar, así como la periodicidad de la revisión y su procedimiento.
La ley, de la autoría del diputado del Partido de la Liberación
Dominicana (PLD), Tobías Crespo, fue aprobada en lectura única con el
voto favorable de 137 diputados y cinco votos en contra, luego de cinco
años de revisión en los que fue objeto de múltiples modificaciones.
Entre las más notables, figuran las realizadas a solicitud del
Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) que deja a la libre
oferta y demanda la contratación de servicios para el transporte de
carga, y reconoce la existencia de prestación de servicios de taxis a
través de las plataformas tecnológicas.
Para la distribución de los ingresos por el cobro de multas se fijó
que el 75 por ciento de los fondos vayan a la Procuraduría General de la
República y el 25 por ciento restante al INTRANT.
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